Se publicó el 02 de abril en el Periódico Oficial del Estado el acuerdo mediante el que extiende el período de suspensión de labores presenciales en las dependencias y entidades paraestatales del Poder Ejecutivo del Estado.
Lo anterior como medida sanitaria para prevenir y controlar la propagación del virus Covid-19 y de esta manera proteger la salud de la población, por lo que se instituye como acción extraordinaria, la suspensión de labores presenciales del 26 de marzo al 30 de abril del presente año.
En el acuerdo se indica que los titulares de las dependencias y entidades, también deberán ampliar el período de suspensión de términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias con los procedimientos administrativos que desarrollen.
Así mismo, se instruye a las y los trabajadores a atender las recomendaciones y medidas de prevención que emitan las autoridades de salud competentes.
Debido a la naturaleza de su trabajo y en relación a la contingencia, la Secretaría de Salud, los Servicios Estatales de Salud y la Coordinación de Protección Civil, deberán tomar las medidas necesarias para garantizar la prestación de sus servicios a la población.